SANTO DOMINGO, RD.-Persio Maldonado reclama actualizar leyes
ejercicio del periodismo a la Constitución el director de El Nuevo Diario y presidente
de la Sociedad Dominicana de Diarios, Inc., Persio Maldonado, reclamó que se
hace necesario actualizar las leyes que norman el ejercicio del periodismo y
los medios de comunicación a la Constitución del país.
Consideró que es una
aberración, algo insólito, mantener vigentes las disposiciones contenidas en el
Código Penal y en la ley 6132 en que se contemplan prisión para los delitos de
prensa o de palabras.
Dijo que no luce mantener vigentes los
artículos 368, 369, 370 y 372 del Código Penal, así como los artículos 30-35,
39-40 y 46-48 de la ley 6132. Señaló como una ironía que gracias a que aquí se
cumple muy poco la ley, porque de lo contrario los periodistas en su mayoría
podrían estar presos.
Recordó que aún está pendiente de decisión un recurso
incoado ante el Tribunal Constitucional para que declare inconstitucional estas
disposiciones a todas luces contrarias a las garantías establecidas en la
Constitución del país proclamadas desde enero del 2010.
Maldonado se refirió al tema al dictar una
conferencia sobre “Derecho a Réplica, rectificación, cláusula de conciencia y
secreto profesional del periodista”, con la que quedaba concluido el “Diplomado
Constitución, Derechos Fundamentales y Comunicación Social”, auspiciado por el
Tribunal Constitucional (TC), la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y
el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP). El evento concluyó en el recinto
Dr. Jottin Cury de la UASD en Barahona durante este sábado, cuya coordinación
estuvo a cargo del magistrado Máximo Matos Feliz.
Maldonado exhortó a los comunicadores que la
réplica y la rectificación están consagrados en la Constitución y en la ley,
pero que más allá que eso son una responsabilidad ética y moral de quienes
ejercen el periodismo y de los medios de comunicación. Es un gesto de
honestidad profesional cuando aceptamos la opinión contraria y cuando somos
capacees de corregir lo que no hacemos bien.
Al referirse a la Cláusula de Objeción de
Conciencia dijo que la Constitución del país sólo habla de Cláusula de
Conciencia y que esta última tiene un carácter limitado a la relación laboral
de los periodistas.
Explicó que la misma puede alegarse cuando el medio para el
que se trabaja produce cambios bruscos que vayan en contra de la ética o la
creencia del periodista. En este caso dijo se puede dejar el trabajo sin perder
sus derechos laborales. Es como ejercer el derecho invertido que tiene el
empleador.
En cambio, dijo que la Cláusula de Objeción
de Conciencia puede ser alegada cuando se quiere obviar una obligación por
razones éticas, religiosas o políticas.
En este caso su sentido es más amplio y
cubre a todos los ciudadanos. Para ilustrar Maldonado mencionó dos casos emblemáticos
acontecidos en los Estados Unidos.
Uno en 1935 en que en Pensilvania expulsaron
de la escuela a los hermanitos Gobitas porque se negaron a honrar la bandera
del país alegando que era una idolatría en contra de su religión. En este caso
el Tribunal Supremo concluyó que su libertad de expresión establecida en la
Quinta Enmienda era tan amplia que podían abstenerse de hacer algo que iba en
contra de su creencia religiosa.
El otro caso ocurrido en el 1964 fue el de Muhammad Ali (Cassius
Clay) cuando se negó a ir a la guerra de Vietnam y por lo que fue condenado por
traición, despojado de su licencia y su título de boxeador.
En este caso y
atendiendo al mismo criterio el Tribunal Supremo le dio ganancia de causa,
restituyéndole todos sus derechos civiles y su condición.
Maldonado dijo que sería muy útil para
ampliar las libertades que ese concepto se ampliara en la Constitución como un
derecho general para toda la ciudadanía, no sólo referida al trabajo. Recordó
que la Cláusula de Conciencia fue una iniciativa de la OIT y quedó instituida
en Francia en 1935 como una preocupación por la suerte de los trabajadores.
Al referirse al Secreto Profesional del
Periodista dijo que ciertamente es algo que se ha constitucionalizado, pero que
hay que insistir en restringir las excepciones que se establecen en las
disposiciones legales para que el mismo no sea alterado por sectores de poder o
el capricho de un juez.
Maldonado consideró esencial poder guardar las fuentes
que hacen posible una investigación periodística para ampliar la democracia y
la transparencia con que debe ser manejo el país.
Dijo que en modo algo esto puede entenderse
como una protección a la irresponsabilidad, sino como una garantía real al
ejercicio periodístico y a los medios de comunicación.
Recordó que ningún
sector paga con tanta sangre su responsabilidad de informar como los
periodistas, al tiempo que señaló que desde el 1987 en América Latina han
asesinado a más de 487 periodistas en su desempeño.
Maldonado también señaló que en los Estados
Unidos no hay leyes de control al ejercicio de los medios de comunicación y al
periodismo, ni se permiten. Sin embargo, no quiere decir que quienes se sientan
afectados por su labor no puedan recurrir a los tribunales.
Dijo que por lo
regular allí los jueces toman en cuenta que se den tres elementos esenciales
para que haya culpabilidad. Primero que la información sea realmente falsa, que
haya habido la intención deliberada de provocar un daño y que efectivamente se
haya logrado tal propósito.
Finalmente Maldonado exhortó a los
comunicadores a rendir su labor con apego a la ética y apegado a la
Constitución y las leyes.