RAFAEL LARA
SAN CRISTÒBAL, RD.- Por òrdenes del
alcalde de este municipio, Raùl Mondesì, la Policía Nacional inició un proceso
de apresamientos contra “carreteros” que
recogen la basura en algunos residenciales de esta ciudad, dada la deficiencia
del cabildo local para manejar de manera adecuada los desechos sólidos que
produce la población.
El Ayuntamiento argumenta, y así lo anunció
mediante una nota de prensa enviada a los medios de comunicación, que los
carreteros, luego de recoger la basura, la vierten en lugares públicos, razón por
la que en cada esquina de la ciudad se ha convertido en un basurero,
explicaron.
Hay que recordar que la Ley 120-99 que
“prohíbe a toda persona física o moral tirar desperdicios sólidos y de cualquier
naturaleza en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos,
balnearios, mares, ríos, etc”, también establece que los Ayuntamientos deben proveer
a los ciudadanos las condiciones para que viertan de manera adecuada los
desechos solidos.
Pero, es notorio que el Ayuntamiento
no cumple esta última parte de la ley, ya que, primero, no tiene un sistema
regular de recogida de basura en los diferentes sectores y barrios de San Cristóbal;
segundo, en ninguna de las calles de este municipio existen zafacones que les
permitan a los ciudadanos verter los desechos sólidos y; tercero, no han
elaborado campañas de educación y concienciación dirigida a la población, como
lo estable la Ley 120-99, antes de proceder con la parte represiva del
reglamento.
Las
razones antes señaladas indican que el alcalde Raùl Mondesì, hace una aplicación
arbitraria de la presente ley y por consiguiente, viola los derechos de los
ciudadanos que han estado apresando.
Desde muy temprano en la mañana de
este sábado se pudo observar varias carretas detenidas en el cuartel policial
de esta ciudad y donde también se constato que los dueños de estas carretas,
tiradas por caballos, estaban presos.
La población pidió a la policía el
cese de esos apresamientos y que le exija al alcalde Mondesì, que cumpla
primero con la parte que le corresponde de
la citada ley y luego, sólo así proceder con los apresamientos.







