El tribunal, reunido en cámara de Consejo, alegó que el caso es competencia del pleno de la Suprema porque el senador por San Juan de la Maguana tiene jurisdicción privilegiada, remitiéndose al artículo 145 de la Constitución de la República que establece que en un caso como el presente, la sala penal de la Suprema no es competente para tomar decisión.
Una amplia investigación de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA), resumida en un auto de 93 páginas, establece que Félix Bautista no cometió ningún delito en contra del Estado.
El 13 de agosto de 2012, la DPCA emitió el auto No. 03093, donde archiva de manera definitiva las denuncias del PRD, organizaciones de la Sociedad Civil y algunos medios de comunicación, sobre supuestos actos de corrupción cometidos por el senador.
Refirió en ese entonces que el análisis de la investigación y las pruebas obtenidas fueron resumidos en 93 páginas, 382 líneas, 38,527 palabras y 244,215 caracteres con espacio. Es un documento amplio que explica con detalle todo el proceso investigativo, que incluye el modo de obtención de las pruebas, conforme a la ley.
Planteó que se analizaron los 17 puntos de las denuncias del PRD, las denuncias de la periodista Nuria Piera, el Diario Digital acento.com, Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADDOCO), la Convergencia Nacional de Abogados (CONA) y la querella interpuesta por Josefina Juan de Pichardo, Juan Tomás Taveras Rodríguez y Rafael Percival Peña.
Las denuncias y querellas fueron hechas en el marco de la campaña electoral de mayo de 2012, “por lo que no se aportaron pruebas que comprometieran la responsabilidad penal del senador Bautista”, indicó.
El dictamen analiza las ofertas probatorias, los supuestos fácticos, las pretensiones, los contenidos normativos violados, las violaciones administrativas y los supuestos artículos del código penal, procesal penal y de la Constitución violados por el legislador.
Fuente: Listin Diario.com.do






